NASÓ 5785
La actitud que debemos tener hacia los transgresores y quienes se separan de la generalidad del pueblo de Israel
Es un precepto amar a todo miembro del pueblo de Israel. @ Aunque una persona haya incurrido en numerosas transgresiones, no deja de pertenecer al pueblo de Israel. @ No hay obligación de amar a aquellos transgresores que se han excluido deliberadamente de nuestra nación. @ El Rambám (Maimónides) establece que se debe odiar a aquellos herejes que nieguen alguno de los principios fundamentales de la fe. @ Sin embargo, según la opinión de nuestro maestro el Rav Kuk, no se debe excluir del pueblo de Israel a quienes nieguen los principios de la fe. @ En la era moderna, la mayoría de los herejes no se alejan por elección propia, sino que son considerados como forzados a hacerlo (anusim). @ Muchas veces, la herejía surge de una explicación equivocada y reducida de la fe.
A pesar de que, según el Rambám, se debe odiar a los herejes que niegan uno de los principios de la fe, él mismo reconoce que siguen siendo parte del pueblo de Israel, y que, por lo tanto, heredan a sus padres en su carácter de israelitas, eximen a sus cuñadas del deber de levirato a través de la ceremonia de jalitzá, y si se casaren conforme a la ley de Moshé e Israel, sus matrimonios serán válidos. No obstante, por haber negado uno de los principios de fe, no tienen parte en el Mundo Venidero, y en lo referente a los preceptos de hermandad, deben ser tratados como si hubiesen salido de la generalidad del pueblo de Israel.
Pregunta: ¿El precepto de “amarás a tu prójimo como a ti mismo” aplica a todo judío, incluso a aquellos que pecan o niegan los fundamentos de la fe?
Respuesta: En términos generales, es preceptivo amar a toda persona de Israel, incluso si hubiere cometido numerosas transgresiones en virtud de su deseo y del dominio que ejerce sobre su persona su inclinación al mal. Una persona así es denominada “pecador de Israel” (poshea Israel) y es castigada por sus faltas, pero no deja de pertenecer a la generalidad del pueblo de Israel, por lo que tiene una porción en el Mundo Venidero. Además, es obligatorio amarla y tenerle compasión, y cumplir con esta todos los preceptos relativos a la hermandad entre los hijos de Israel. Quien excluye a tales personas transgresoras del pueblo de Israel, actúa “según el camino de los herejes” (Perek Behiljot Tzibur, Maamarei HaRaaiá, pág. 58). Más aún, el Rambám (en su Igueret HaShmad) escribió que incluso aquel que cambió su religión por efecto de la presión externa, aunque hubiere cometido una grave falta, sigue perteneciendo al pueblo de Israel, y es nuestro deber acercarlo y no rechazarlo, ya que no decidió abandonar a Israel por libre elección. Sin embargo, en el caso de los transgresores que se han autoexcluido del pueblo de Israel y han decidido por sí mismos que ya no forman más parte de la nación, no hay obligación de amarlos.
Según el Rambám (Maimónides), los que niegan los fundamentos de la fe han salido de la generalidad del pueblo de Israel
El Rambám escribió que, además de aquellos que se han autoexcluido del pueblo de Israel, también quienes eligen negar uno de los trece principios fundamentales de la fe “han salido de la generalidad del pueblo y han negado un principio esencial, por lo que se los llama ‘min’ (seguidor de una fe extraña), ‘apikorós’ (hereje), y ‘aquel que corta las raíces’, y es un deber odiarlo y apartarlo. Ninguno de los preceptos de bondad y caridad entre los israelitas aplica sobre él. Sobre él se dijo (Tehilim-Salmos 139:21): «¿HaShem, acaso no he de odiar a los que te odian?’” (Comentario a la Mishná Tratado de Sanedrín 10:1. También en Hiljot Rotzeaj 13:14; Hiljot Avodá Zará 2:5; Hijlot Mamrim 3:2). Sus palabras se basan en la braita que dice que los minim, los apikorsim y los que niegan la Torá y la resurrección de los muertos son juzgados en el Guehinom (infierno) generación tras generación y no tienen parte en el Mundo Venidero (Talmud Babilonio Tratado de Rosh Hashaná 17(A)). Según el Rambám, los que niegan los 13 principios fundamentales de la fe están incluidos entre la generalidad de los minim, los apikorsim y los que niegan la Torá.
Sin embargo, según la Torá estas personas detentan el estatus legal de israelitas
A pesar de que, según el Rambám, se debe odiar a los que niegan uno de los principios fundamentales, él mismo reconoce que siguen siendo considerados parte del pueblo de Israel. Por eso, heredan a sus padres como israelitas (Rambám, Hiljot Yerushá 6:12), liberan a sus cuñadas del deber del levirato mediante la ceremonia de jalitzá (Hiljot Yebum uJalitzá 1:4), y si se hubieren casado conforme a la ley de Moshé e Israel, sus matrimonios resultarán válidos (Hiljot Ishut 4:15). No obstante, por haber negado uno de los principios fundamentales de la fe, no tienen porción en el Mundo Venidero, y en todo lo relacionado con los preceptos de hermandad (ajvá), debe tratarse a estas personas como si hubiesen salido del pueblo de Israel.
Según la opinión de muchos de los sabios, los herejes no han salido de la generalidad del pueblo de Israel
Sin embargo, muchos sabios de Israel sostuvieron que quien se equivoca en algunos de los principios fundamentales de la fe sigue siendo parte del pueblo de Israel en lo referente a los preceptos referidos a la hermandad (ajvá), y tiene porción en el Mundo Venidero. El Raavad escribió que muchos en el pueblo de Israel, incluso grandes sabios, se han equivocado al pensar que se le puede atribuir a D’s características corporales, y no se debe decir que por ello salieron de la generalidad del pueblo de Israel, y además, tienen una porción en el Mundo Venidero (Hasagá leHiljot Teshuvá 3:7). De igual manera opinó Rabí Yeshaiahu ben Eliá Di Terani (Kuntres HaRaaiot, Sanedrín 90(A)). Otro tanto escribió el Radbaz (vol. IV, responsa 187) quien dice que aquel que se equivoca en uno de los principios de la fe debido a un razonamiento erróneo, no se lo considera hereje sino forzado (a pecar – anús), ya que ese fue el resultado de su análisis. Igualmente opinaron el Tashbatz (Ohev Mishpat 9) y Rabí Moshé Cordobero (Pardés Rimonim 1:9). Esta es también la opinión de la mayoría de las autoridades halájicas. Según parece, para ellos solo quien ha abandonado su fe para adherirse a la idolatría ha salido del pueblo de Israel en lo que respecta a los preceptos vinculados a la hermandad. Aun así, esta persona sigue siendo considerada hijo de D’s, y rigen sobre ella todas las leyes del pueblo de Israel (ver Responsa del Rashbá I:194; Rambám).
Una demostración a partir del caso del Rabí Hilel, quien negara la venida del Mashíaj
En este sentido, Rabí Yosef Albo (Sefer HaIkarim I:1) escribió que no es posible considerar como excluido del pueblo de Israel a quien niega la venida del Mashíaj —la cual, según el Rambám, es el duodécimo de los principios de fe—ya que en el Talmud (Tratado de Sanedrín 99(A)) se menciona la opinión del amoraíta Rabí Hilel, quien dijera: “Israel no tiene Mashíaj, pues este ya vino en los días de Ezequías (y los judíos no lo recibieron)». Respecto de estas palabras, Rabí Yosef respondió: “Que D’s perdone a Rabí Hilel”, lo cual significa que D’s lo perdone por su error. Y si Rabí Hilel hubiere sido considerado un hereje que salió de la generalidad del pueblo de Israel, ¿por qué entonces sus palabras son citadas en el Talmud? Y si son citadas únicamente para refutarlas, ¿por qué en vez de definirlo como un hereje que debe ser excomulgado, se le honra con el título de ‘Rabí’? De aquí se deduce que incluso quien se equivoca en asuntos graves, sigue siendo parte de la generalidad del pueblo de Israel (klal Israel) y merece respeto.
Un análisis adicional de la opinión del Rambám
Muchos han entendido que, según el Rambam (Maimónides), incluso quien tras examinar detenidamente su pensamiento llegó honestamente a una conclusión contraria a uno de los principios de fe, es considerado un hereje que ha salido del pueblo de Israel y debe ser odiado (Abrabanel, Rosh Emuná 12; Merkevet HaMishná sobre Hiljot Teshuvá 7:3; también se deduce de Guía de los perplejos I:36). Sobre esta interpretación del Rambám, nuestro maestro el Rav Kuk escribió que la opinión de la mayoría de los decisores halájicos no coincide con la del Rambám. El Rav Kuk (Shmoná Kevatzim I:30–32) escribió también que “mientras aquel que materializa a Dios no haya hecho una imagen o una escultura, aún no ha efectivizado su pensamiento, y por lo tanto, su postura no se considera como una negación formal de la fe ni una salida de la religión.”
Sin embargo, hay quienes opinan que también el Rambám está de acuerdo con la mayoría de los sabios de Israel. Así lo escribió Rabí David Shiriro (de Salónica, fallecido en 1748) en su libro Mishné Kesef (Hiljot Teshuvá 3:7): “Se puede decir que nuestro maestro (el Rambám) solo llamó ‘hereje o seguidor de otra fe’ (min) a quien tiene la intención de rebelarse contra D’s y definirlo como un ser poseedor de cuerpo e imagen. Pero si cayó en ese error “a causa de interpretaciones literales de los versículos o de los relatos midráshicos, nuestro maestro (el Rambám) también reconoce que no se lo considera un hereje.” Algo similar explicó Rabí Meiri HaMeilí (Maamar Meshiv Nefesh 15). Según esto, incluso el Rambám estaría de acuerdo con que, en la práctica, no se debe excluir del pueblo de Israel a quien no cree en uno de los principios de la fe, ya que casi siempre se lo puede juzgar favorablemente: tal vez no estudió lo suficiente, quizás no reflexionó con profundidad o no tuvo un maestro adecuado. Por lo tanto, incluso según el Rambám, solo aquel que entendió claramente los principios de la fe y aun así eligió negarlos, se ha excluido a sí mismo del pueblo de Israel. De este modo, las palabras del Rambám se refieren únicamente a quien eligió negar conscientemente los principios fundamentales de la fe judía, tal como lo hiciera en su momento Pablo de Tarso, el fundador de la teología cristiana.
Además, está claro que incluso para el Rambám (Hiljot Teshuvá 3:14) todos los que niegan los principios fundamentales de la fe pueden retornar en arrepentimiento, y entonces, tendrán parte en el Mundo Venidero como todos los demás hijos de Israel. De las palabras del Rambám puede también deducirse (Hiljot Mamrim 3:2) que la actitud estricta hacia el hereje no es una mitzvá por sí misma, sino una medida de defensa contra el peligro que este representa para el judaísmo, y por eso, su exclusión está destinada a remover un obstáculo que presenta un riesgo para el pueblo de Israel. Pero cuando ese alejamiento no remueve el obstáculo, sino que, por el contrario, en la práctica lo incrementa, tal como sucede en las últimas generaciones, vuelve a aplicarse el principio básico de que siguen siendo israelitas y se los llama hijos de D’s, y todos los preceptos vinculados a la hermandad siguen siendo válidos en lo que a ellos concierne.
La actitud hacia los herejes es como si hubieran sido forzados (anusim) o si fuesen “niños mantenidos en cautiverio entre los gentiles» (tinokot shenishbú)
Según nuestro maestro el Rav Kuk, no se debe excluir del pueblo de Israel a los que niegan los principios fundamentales de la fe en las generaciones recientes, y esto se basa en dos razones principales:
La primera es que en la era moderna la mayoría de los herejes no abandonan la fe por elección propia, sino que deben considerarse como forzados a hacerlo (anusim), ya que el espíritu de la época dificulta enormemente la fe religiosa (Igrot HaRaaiá, vol. I, carta 138, pp. 170–171). Este principio es aceptado por la gran mayoría de los rabinos, y muchos lo fundamentaron en la ampliación del concepto de “tinok shenishbá” —un «niño judío que fue capturado por los gentiles» (Tratado de Shabat 68(B))—, el cual no conoce los fundamentos de la fe ni la Halajá (ley judía), y por lo tanto, en lo relativo a los pecados que comete se le considera como alguien que fue forzado a hacerlos. Y tal como escribiera el Binián Tzión en su responsa (Hajadashot 23) en cuanto a que quien fue educado para profanar el Shabat debe ser considerado como un tinok shenishbá, un niño raptado y criado por gentiles, ya que está actuando según las costumbres heredadas de sus padres, y por lo tanto, su contacto con el vino no lo vuelve prohibido (y esta es también la opinión de muchos otros sabios, tal como se explica en Pninei Halajá, Kashrut 29:13, nota 15 al pie de página). De manera similar, el Rambám escribió (Hiljot Mamrim 3:2–3) respecto de los hijos de los caraítas (una secta judía que niega la tradición oral), que no deben ser alejados, aunque estos niegan el octavo principio fundamental de la fe.
La fe dentro de la herejía
El segundo fundamento es aún más profundo: muchas veces, la herejía surge de una explicación equivocada y reducida de la fe. En esos casos, la negación de la fe proviene del hecho de que las personas creen en una verdad científica o moral superior, y por ello no pueden aceptar una fe en D’s que no se eleve a la verdad y el bien que ellos buscan. Tal como escribiera nuestro maestro el Rav Kuk: «Existen muchos herejes que, según los criterios de la Halajá, son considerados como tales, pero si penetramos en lo profundo de sus almas, encontraremos en ellos una conexión oculta con el contenido divino. Por esta razón, en nuestra generación, la tendencia hacia el juicio favorable y el acto de bondad es muy fuerte, incluso para con los herejes absolutos» (Shmoná Kevatzim I, 327).
Más aun, el Rav Kuk escribió: «Hay una herejía que es como una confesión de fe, y una confesión de fe que es como una herejía. ¿Cómo es esto? Un hombre admite que la Torá es de origen divino, pero esos ‘cielos’ que él se imagina son tan distorsionados, que no queda en ellos nada de la fe verdadera. ¿Y una herejía que es como una confesión? Un hombre niega que la Torá provenga del cielo, pero su negación se basa únicamente en la percepción que absorbió de una imagen deformada del cielo, ideada por mentes llenas de pensamientos fútiles y de confusión.” En realidad, la persona en cuestión cree en los valores de la verdad y la bondad, y cree que existe un camino de vida correcto, que para él es “la Torá”. Por lo tanto, “él dice para sí: la Torá debe tener un origen más elevado que este que exponen los representantes de la religión, y comienza a buscar su fundamento en la grandeza del espíritu humano, en la profundidad de la moral y en la altura de su sabiduría.” Aunque en la práctica “aún no haya llegado al meollo de la verdad”, no obstante, “esta herejía se considera como una confesión (de fe), es valiosa, y va acercando a la persona al reconocimiento de la fe auténtica.”
Por eso, junto con la crítica justa hacia los herejes, hay que juzgar a esta “generación confusa” positivamente, pues su negación proviene de su fe en una verdad y un bien que, a sus ojos, son más elevados (Shmoná Kevatzim I, 453). Por lo tanto, nuestro maestro el Rav Kuk, concluye que no se debe considerar a los judíos poseedores de ideas heréticas como excluidos del pueblo de Israel, sino únicamente a aquellos cuya herejía los ha llevado a la idolatría o a la conversión a otra religión, o bien a quienes se han transformado en enemigos del pueblo judío y desean activamente su mal, tanto en sus actos como en sus expectativas (Igueret 555; ver también Pninei Halajá Emuná u’Mitzvoteha 30:4).





