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¿Está permitido quejarse ante D’s?

VAIEJI 5784

¿Está permitido quejarse ante D’s?

Vemos que a lo largo de la historia los grandes maestros de Israel le han formulado a D’s preguntas incisivas e incluso le han presentado quejas y demandas.

Los hijos de las familias de los sagrados caídos pueden demandar ante el Cielo por qué es que sus padres que pusieron en riesgo su vida murieron santificando el Nombre de D’s, más el pueblo de Israel en su generalidad, no puede quejarse respecto de los eventos acecidos en Simjat Torá.

Resulta obligatorio llevar a cabo una reflexión profunda incluso durante la guerra.

Está prohibido elaborar estatuillas con forma humana, pero se puede hacer una muñeca destinada a que los niños jueguen.

 

D’s nos concedió sabiduría para entender y planificar nuestras acciones, nos otorgó poderío militar y económico, y cuando hacemos elecciones erradas – la culpa recae sobre nosotros. Es preciso llevar a cabo una reflexión profunda para comprender cómo es posible que los cabecillas del aparato de seguridad del Estado de Israel, que no me cabe duda de que velan por el bienestar del país, fracasaron tan estrepitosamente en la comprensión del enemigo y en la preparación del ejército para la guerra que es necesario librar contra él.

Recientemente visité una de las localidades donde di una charla a muchachos jóvenes, y una de las muchachas allí presentes me preguntó: ¿Acaso está permitido enojarse con HaShem por no habernos ayudado en Simjat Torá y haber permitido que nuestros enemigos nos asesinen? Luego, me enteré de que la joven que había preguntado era hija de uno de los grandes héroes que arriesgaron su vida en defensa de los asentamientos cercanos a Gaza.

Esto es lo que le respondí: En el marco de las conversaciones que mantiene una persona con su Creador y su D’s vemos que a lo largo de la historia grandes maestros de Israel han formulado preguntas incisivas e incluso han expresado protestas y demandas ante el Cielo. Y cuando todo es dicho con fe y sinceridad, entonces, a partir de la crisis personal que se atraviesa y la dura plegaria que se eleva, se obtienen fuerzas para continuar andando por la senda de HaShem en un nivel más elevado. Tal como dijera el rey David: “Por Tu causa nos matan cada día, somos cual ovejas que van al matadero. ¡Despierta! No te alejes para siempre, ¿por qué escondes Tu rostro?” (Salmos-Tehilim 44:23-24). Además, protestó ante HaShem que tras haber prometido ayudar al reino de la dinastía de David “la has abandonado y desechado… has profanado su corona arrojándola hasta la tierra. Abriste todos sus vallados… la saquean todos aquellos que pasan por el camino transformándose en la vergüenza de sus vecinos” (ídem 89:39-47). También fue dicho: “Y dijo Sión: ‘D’s me ha abandonado, D’s me ha olvidado’” (Yshaiahu-Isaías 49:14), a lo cual HaShem respondió que no había olvidado y que pronto llegaría la salvación. Por lo tanto, un miembro de una de las familias de los sagrados caídos tiene derecho a protestar y a preguntar por qué es que su justo padre, que no tuvo culpa alguna en el fracaso de los servicios de seguridad y arriesgó su vida para salvar a los hijos de Israel finalmente murió santificando el Nombre de D’s, cómo es que HaShem no lo protegió y cómo es que los dejó huérfanos. Si estas personas van a esgrimir sus quejas a partir de su fe y de la rectitud de su corazón, y van a lograr rezar a HaShem, Él les ayudará y les hará brotar en su interior consuelo, bendición y salvación.

En lo que respecta a los eventos, no cabe enojarse

Sin embargo, la generalidad del pueblo de Israel no puede quejarse en lo que respecta a los eventos de Simjat Torá ya que HaShem nos otorgó el libre albedrío y el pueblo de Israel intentó apaciguar a sus enemigos por medio de distintas concesiones, haciendo caso omiso de sus aspiraciones de destruirnos. Hace unos treinta años, en el marco de los acuerdos de Oslo el gobierno israelí aceptó introducir al país a la asesina Organización para la Liberación de Palestina (
OLP), la pertrechó de armamento y le permitió establecer la Autoridad Palestina, pasando por alto el hecho de que esta entidad continuó educando en el odio y la guerra hacia Israel. Luego, en el año 5760 (2000) el gobierno ordenó al Ejército de Defensa de Israel la retirada unilateral del Líbano, la cual implicó también la traición al Ejército del Sur del Líbano (Tzadal). La retirada fue percibida como una derrota humillante y trajo gran prestigio al Hezbolá como la primera organización que provocaba la huida de los israelíes, transformándose así en la fuerza líder en todo el Líbano. Desde entonces, esta organización se armó hasta convertirse en una grave amenaza para el Estado de Israel. Esta retirada impulsó también a nuestros enemigos en Yehudá y en Shomrón a iniciar la segunda intifada. Luego de ello, en el año 5765 (2005) el gobierno israelí destruyó todos los asentamientos judíos en Gush Katif y a raíz de ello el Hamas se apoderó de la Franja de Gaza. Luego, a pesar de que era posible percibir las intenciones del Hamas de atacar a Israel, los jefes del aparato de seguridad del Estado despreciaron su poderío. Incluso cuando el Hamas atacaba a Israel, estos se contentaban con llevar a cabo operativos militares de limitado alcance tras los cuales el Hamas continuaba fortaleciéndose.

En diferentes acuerdos de carácter humillante, el Estado de Israel liberó a numerosos terroristas a cambio de unos pocos prisioneros nuestros. El más grave de estos acuerdos tuvo lugar en el año 5772 (octubre del 2011) cuando se liberaron 1027 terroristas a cambio del soldado israelí secuestrado Guilad Shalit. Además del hecho de que la liberación de terroristas animó a nuestros enemigos a seguir luchando en nuestra contra, los prisioneros liberados volvieron a dedicarse al terrorismo y son quienes organizaron el ataque que tuvo lugar en Simjat Torá, el cual causó la muerte de casi mil quinientos judíos que santificaron el Nombre de D’s. Incluso cuando los jefes del aparato de seguridad del Estado recibieron graves advertencias respecto de las intenciones del Hamas de atacar poblados judíos, ellos las pasaron por alto, cautivos de una concepción de mundo que no entiende los objetivos de nuestros enemigos.

A pesar del hecho de que los jefes del aparato de seguridad del Estado amenazaron una y otra vez que el ejército israelí podía destruir al Líbano y a la Franja de Gaza, en la práctica, en los depósitos no había municiones como para librar una guerra que durase más que un lapso limitado. El presupuesto del ministerio de defensa es de unos setenta mil millones de shekalim al año, el precio de las municiones una pequeña fracción de esta suma y en el plan anual de preparación no se tuvo el recaudo de asegurar suficientes pertrechos como para librar una guerra en la cual podamos derrotar a nuestros enemigos que constantemente nos amenazan.

El año pasado, a raíz de la dura discusión sobre la reforma judicial, cuando los pilotos de combate anunciaron su intención de negarse a luchar contra el enemigo, en vez de comprender la gravedad de la situación y el duro efecto que ello tenía sobre la capacidad de disuasión del Estado de Israel y removerlos de inmediato de sus puestos, los jefes del aparato de seguridad del Estado reforzaron sus quejas amenazando públicamente al gobierno de que la capacidad del ejército se estaba viendo afectada, lo cual animó al enemigo a atacar. También hicieron caso omiso de las advertencias que recibieron durante la noche previa al ataque, no despertaron al primer ministro, no prepararon a las fuerzas necesarias para defender a los poblados y ni siquiera se preocuparon por despertar a los soldados que se encontraban junto a la frontera para que pudieran aprontarse ante el ataque.

En una situación tan grave como esta, resulta difícil culpar a D’s. HaShem nos otorgó sabiduría para entender y planificar nuestras acciones, nos confirió poderío económico y militar, y cuando hacemos las elecciones equivocadas, la culpa recae sobre nosotros. Es preciso que hagamos una profunda reflexión para poder comprender cómo es posible que los cabecillas de los órganos de seguridad estatales, que no me cabe la menor duda de que velan por el bienestar del país, fracasaron tan estrepitosamente en la comprensión del enemigo y en la preparación de nuestras fuerzas para librar la guerra necesaria para combatirlo.

La emigración de gazatíes rumbo a otros países

Lamentablemente, la reflexión general aun no ha comenzado, y es nuestro deber realizarla incluso durante los combates, pues en una guerra es posible comenzar a poner en movimiento procesos de gran envergadura que nos lleven a logros importantes en el largo plazo. Llegó el momento de que los representantes del gobierno comiencen a presentar propuestas de solución que permitan la emigración de los gazatíes que estén interesados en hacerlo. Después de todo, no parece haber otra solución. Si se van a quedar en su sitio, muy probablemente volverán a incurrir en el terrorismo y tendremos que continuar luchando contra ellos.

Estatuillas con forma humana y de animales

Pregunta: ¿Se permite colocar sobre los estantes del cuarto de estar pequeñas estatuillas con formas humanas tales como soldados, payasos, líderes, escritores o jasídicos bailando, así como otras con formas de animales?

Respuesta: Está prohibido fabricar estatuillas con formas humanas, pero se permite tenerlas en la casa a modo de ornamento. En el caso de estatuillas con forma de animales, está permitido fabricarlas y tenerlas en la casa.

Expliquemos la norma en más detalle: Está estrictamente prohibido elaborar estatuas para rendirles culto idólatra. Además de ello, la Torá prohibió fabricar estatuas con fines ornamentales con formas que recuerden a fuerzas superiores, tal que quien las vea puede llegar a incurrir en el error de pensar que estas tienen fuerza o influencia sobre la realidad y desee rendirles culto idólatra. Tal como fue dicho: “No hagáis junto a Mí dioses de plata, ni dioses de oro os hagáis” (Shemot-Éxodo 20:20).

La prohibición de elaborar estatuas con fines ornamentales recae sobre tres tipos de efigies. 1) Las poseedoras de figura humana, pues el hombre fue creado a imagen y semejanza de D’s. 2) Las poseedoras de figura angelical. 3) Las que representan figuras del firmamento tales como el sol, la luna y las estrellas (Tratado de Avodá Zará 43(B)). Por su parte, se permite elaborar estatuas poseedoras de figuras animales. Además de ello, los sabios prohibieron alojar en un hogar judío una estatua a la que las personas suelen rendirle culto para evitar que se sospeche que el dueño de casa desea adorarla. En caso de que no quepa dudar de algo así ya que nadie considera a ese tipo de estatua como figura de culto, se la podrá alojar en la casa.

Por lo tanto, está prohibido elaborar estatuas con figura humana, pero si fueron hechas por gentiles, tal como se acostumbra en la actualidad en el extranjero que se fabriquen este tipo de figuras en fábricas, se las podrá adquirir y ornamentar con estas el hogar (Jojmat Adam 85:6 y muchos otros). Sin embargo, hay quienes dicen que es preferible no decorar la casa con una estatuilla que un israelita tenga prohibido elaborar.

Hacer una estatua de media persona

La prohibición de hacer una estatua con forma humana se refiere específicamente a la de una persona entera, con su rostro y la totalidad de su cuerpo, tanto sea esta una estatua tridimensional o un bajorrelieve de la parte anterior de su rostro y su cuerpo. Sin embargo, se permite hacer una estatua con forma de persona que posea una notoria carencia, por ejemplo, si se le retiró una parte de la oreja o de la pierna. Asimismo, se permite realizar una estatua con el rostro exacto de una persona y la mitad de su cuerpo, por ejemplo, las estatuas de los presidentes anteriores que se encuentran en el patio de la residencia presidencial en Jerusalém. Asimismo, se permite hacer un bajorrelieve de un perfil, dado que en ese caso se ve solamente un ojo, un brazo, un pie etc. (Talmidei Rabenu Yoná; Rosh; Tur, Shulján Aruj y Ramá 141:7 y muchos otros). Si bien hay quienes adoptan una actitud más estricta (Sefer Mitzvot Gadol, Maharit), la halajá es conforme la opinión de la mayoría de los juristas que lo autorizaron.

¿Se permite jugar con muñecos infantiles?

Pregunta: ¿Se permite comprar una muñeca para jugar o acaso se la considera una estatua humana prohibida por la Torá? Y en caso de que ya haya sido adquirida, ¿es preciso quitarle una oreja, la nariz o un ojo para que no esté completa? Y en caso de que se le cayere una mano, ¿se permite devolverla a su sitio?

Respuesta: No solamente está permitido comprar muñecas y no es necesario sacarles cosa alguna, sino que además un judío tiene permitido fabricarlas. Esto es así ya que lo que la Torá prohíbe es hacer esculturas con forma humana a condición de que se trate de una escultura tanto grande como pequeña que se elabora para ubicarla dignamente en un sitio de importancia. Pero se permite elaborar un muñeco con forma humana destinado a juegos infantiles, por cuanto que no se asemeja en nada a las estatuas destinadas a la idolatría, no son colocados solemnemente en sitios importantes, y muchas veces son dejados tirados en el piso y se ensucian. Así lo escribió el Maharit (Yoré Deá 35), y así lo sentenciaron en esta última generación los rabinos Kapaj (Teshuvot 37) y Ovadiá Yosef (Yejavé Da’at 3:64).

No obstante, hubo autoridades halájicas que adoptaron una actitud más estricta y consideraron a los muñecos en cuestión como estatuas que está prohibido elaborar e incluso sentenciaron que no se los puede dejar en la casa a menos que se les provoque un defecto en el rostro (Shevet Haleví 7:134). Sin embargo, a los efectos de la halajá final, la opinión principal es que un judío puede incluso fabricar muñecos con fines recreativos, y esta es la práctica extendida en todo el pueblo de Israel. Por lo tanto, si a la muñeca se le sale una mano – será posible repararla, ya que la prohibición de elaboración de estatuas no rige sobre las muñecas que fueron elaboradas con fines lúdicos y recreativos. Obviamente, se permite comprar una muñeca fabricada por gentiles, ya que la prohibición de que permanezca una estatua en casa de un judío es de origen rabínico, está destinada a evitar que las personas sospechen que el dueño de la propiedad desea rendirle culto, y cuando no cabe sospecha alguna, la prohibición no rige.

 

 

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