Una sola comunidad, un solo corazón: los límites de la fragmentación en la sinagoga

 

TERUMÁ 5786

 

Una sola comunidad, un solo corazón: los límites de la fragmentación en la sinagoga

Cuando hay lugar en la sinagoga para todos los miembros y no existe un motivo de valor significativo para establecer otra, está prohibido dividir a la comunidad. @ Quien dona dinero para la construcción de una sinagoga así, no cumple un precepto, sino que incurre en una transgresión. @ La experiencia demuestra que las personas vinculadas a una comunidad grande reciben de ella mayor apoyo y refuerzo en momentos de alegría y de dolor. @ A veces, cuando el instinto de la discordia se intensifica, erigir otra sinagoga es el mal menor. @ Cuando aumenta el número de miembros de la sinagoga pertenecientes a distintas tradiciones y prefieren rezar toda la oración según el rito (nusaj) de sus antepasados, ello puede constituir un motivo justificado para establecer un minián (quórum mínimo de diez) adicional.

 

A veces, las discusiones no son personales, sino que derivan de distintos énfasis que se ponen en el estilo del rezo; en tal caso, puede ser apropiado establecer varios minianim en el marco de una misma comunidad: uno para quienes desean prolongar la oración para concentrarse (lejavén) mejor; otro para quienes prefieren abreviarla para no incomodar al público; y otro para quienes desean aumentar la proporción de canto e integrar así a los jóvenes en el rezo. Pues, a diferencia del valor de la unidad comunitaria, que antecede en importancia a muchos otros valores, el principio según el cual “En la multitud del pueblo está la majestad del Rey”, (esto es, que es más honroso para D’s ser alabado por una presencia numerosa que por una escasa) no antecede a otros valores.

La creación de una sinagoga adicional

Pregunta: En nuestra comunidad hay una sinagoga en la que rezan todos los miembros. Recientemente, una persona ha comenzado a impulsar la creación de otra sinagoga para la elevación del alma de su finado padre. A esos efectos, piensa comprar un departamento en el primer piso de un edificio de viviendas y convertirlo en sinagoga. Se dirige a personas de la comunidad y de fuera de ella para que donen dinero para la construcción, alegando que se trata de un gran precepto. Frente a él, hay quienes sostienen que se trata de una iniciativa innecesaria, ya que la sinagoga actual alberga a todos los miembros, y por lo tanto no es preceptivo donar para la construcción de esta nueva sinagoga.

Pregunta adicional: Los vecinos de los pisos superiores se oponen a la creación de una sinagoga debajo de sus departamentos, alegando que está prohibido habitar una vivienda situada encima de una sinagoga.

 

La unidad de la comunidad en la sinagoga

Cuando hay lugar en la sinagoga para todos los miembros y no existe un motivo de valor significativo para establecer otra, está prohibido dividir a la comunidad (Maguén Abraham 150:23). Por lo tanto, quien dona para la construcción de una sinagoga de ese tipo no cumple un precepto, sino que incurre en una transgresión, pues la unidad es un valor supremo en el pueblo de Israel. Tal como dijeran los sabios (Devarim Rabá 5:6): ‘Cuando Israel está unido, incluso si hay entre ellos pecados graves, el Santo, Bendito Sea, los ayuda a vencer a sus enemigos; pero cuando hay división entre ellos, aun teniendo en su haber muchos preceptos, el Santo, Bendito Sea, no los auxilia y son derrotados por sus enemigos’. Incluso la etimología del vocablo “sinagoga” (beit kneset- lit. ‘casa de reunión’) alude a la unidad, ya que todos se congregan (mitkansim) allí juntos. Además, cuanto mayor es el número de asistentes, mayor es el honor del Cielo, tal como fue dicho (Mishlei-Proverbios 14:28): “En la multitud del pueblo está la majestad del Rey” (Meshiv Davar I, 46; Mishpetei Uziel III, 19).

Así escribió el Netziv: “La división, cuando no obedece a una necesidad imperiosa, es una gran transgresión, tal como está escrito: ‘En tu clamor, te salvarán tus agrupaciones’. Y cuanto mayor es la congregación, más escuchada es la oración; por lo que no es lo mismo diez personas rezando juntas que cien cumpliendo una misma mitzvá y honrando al Soberano del universo. En Bereshit Rabá, parashá 4, se enseña que no se dijo ‘he aquí que es bueno’ (ki tov) en el segundo día (de la Creación) a causa de que en ese día tuviera lugar la separación de las aguas, y respecto de esto dijo Rabí Tavyumi: ‘Si una división que es necesaria en aras de la existencia del mundo no merece que se diga de ella “he aquí que es bueno”, una división que es para la confusión del mundo, cuánto más aún’. Y aquí no se trata de una disputa, sino de una separación entre quienes estaban unidos, como la separación de las aguas, incluso si no hay peleas ni disputas entre ellos” (Meshiv Davar I, 46); y, aun así, no se dijo sobre ella “es bueno”.

Del mismo modo escribió el rabino Shlomó Drimer (Sheelot uTshuvot Beit Shlomó, Oraj Jaím 26), que no está permitido separarse por mayor comodidad o por honor: “Si la casa de estudio (beit midrash) puede alojar a todos y sus corazones también están íntegros con la gente de la casa de estudio, les está prohibido separarse, si su intención es únicamente tener un lugar más espacioso para rezar, o por un honor ilusorio u otras razones de débil validez, que no son dignas en comparación al honor del Santo, Bendito Sea y Bendito Sea Su Nombre, pues ‘en la multitud del pueblo está la majestad del Rey’”.

Y así escribió el Rishón leTzión (Rabino jefe de los judíos sefaradíes en la Tierra de Israel), el Rav Uziel (Mishpetei Uziel VII, 19): “No hay permiso para establecer sinagogas temporales o incluso permanentes en habitaciones privadas… en un lugar donde existen sinagogas públicas, porque todas esas sinagogas disminuyen la imagen (dmut) de la sinagoga en su esplendor y perfección, y también en su mejora interna… tal como se dijo: ‘En la multitud del pueblo está la majestad del Rey’. Y toda disminución de la imagen de la sinagoga entra en la categoría de menosprecio a la sinagoga y apartamiento del resto de la comunidad”. Ciertamente, en Yaskil Avdí (parte IV, Oraj Jaím 12) se permite algo así en lugares donde es costumbre establecer muchas sinagogas; sin embargo, tal como se dijo, no son muchas las autoridades halájicas que escribieran de ese modo. El rabino Uziel explicó que la creación de pequeñas sinagogas privadas reduce el “honor del Cielo” (kevod shamaim).

 

El valor educativo para la comunidad y los niños

La experiencia también demuestra que las personas vinculadas a una comunidad grande reciben de ella mayor apoyo y refuerzo en momentos de alegría y de dolor. Además, una comunidad grande es capaz de organizar más clases de Torá y actividades de beneficencia, y sus miembros pueden elevarse más en el estudio de la Torá y en la realización de buenas acciones. También los niños que crecen en una comunidad grande y fuerte recuerdan con mayor aprecio las oraciones en la sinagoga y el vínculo fraternal entre los miembros, y al crecer, su deseo de continuar por el camino de la Torá y la observancia de los preceptos es mayor. Por lo tanto, aunque es posible que algunas personas se sientan más cómodas en un minián pequeño que siga su inclinación personal o en el que puedan desempeñarse más veces como jazanim, es preferible que renuncien a ello en aras de preservar la unidad comunitaria.

 

El mal menor cuando hay personas conflictivas

A veces, la creación de una sinagoga adicional es el mal menor, y ello ocurre cuando el instinto de la discordia se intensifica, y todas las exhortaciones a mantener la unidad resultan inútiles, y los miembros de la comunidad, y a veces incluso los propios rabinos, se enfrascan en las disputas y pecan por involucrarse en las riñas. En ese caso, es preferible que las partes en conflicto pequen menos, se separen y establezcan una sinagoga adicional (Mishná Berurá 150:2, según el Radbaz III, 472).

 

¿Cuándo resulta necesario establecer una sinagoga adicional?

Cuando la sinagoga es demasiado pequeña para albergar a todos los fieles y no existe una solución satisfactoria en el marco del edificio existente, es necesario construir otra. En tal caso, quien retrasa la construcción de la sinagoga adicional impide que muchos cumplan con un precepto (Rivash 253; Maguén Abraham 150:23). A veces la situación es limítrofe, pero si se sabe que hay personas en un barrio cercano donde no hay sinagoga y, debido a la distancia, no acuden a rezar en la sinagoga antigua; y si se estableciere una sinagoga cercana a su lugar de residencia, acudirían a rezar allí, y entonces, en un caso así es correcto construir una sinagoga adicional cerca de donde viven estas personas (algo similar escribió Igrot Moshe, Oraj Jaím II, 46).

A veces, lamentablemente, existe otro motivo que justifica la conformación de un nuevo minián, por ejemplo, cuando en el antiguo se manifiesta un rechazo al cumplimiento del precepto del asentamiento de la Tierra de Israel (ishuv haaretz) y a mantener la unidad entre todos los sectores del pueblo de Israel, y se desea establecer una sinagoga que sea fiel a todos los valores de la Torá y nombrar a un rabino que eduque en esa dirección. Dado que se trata de una cuestión de principios, esto es, educar en los valores correctos de la Torá, por esta razón resulta necesario establecer un nuevo minián (ver Avnei Nézer, Oraj Jaím 36, que permitió dividirse por un “motivo adecuado”).

La multiplicidad de minianim diversos bajo una misma comunidad

A veces, las discusiones no son personales, sino que derivan de distintos énfasis en el estilo de la oración; en tal caso, puede ser apropiado establecer varios minianim dentro del marco de una misma comunidad: uno para quienes desean prolongar la oración a fin de concentrarse mejor; otro para quienes prefieren abreviarla para no incomodar al público; y otro para quienes desean aumentar la proporción de canto e integrar así a los jóvenes en el rezo. Pues, a diferencia del valor de la unidad comunitaria, que antecede en importancia a muchos otros valores, el principio de “en la multitud del pueblo está la majestad del Rey” no prevalece por sí solo sobre los demás valores, sino que debe integrarse con ellos en un equilibrio adecuado. Por ello, aun cuando resulte correcto establecer minianim adaptados a los distintos matices de la comunidad, es necesario esforzarse por preservar su unidad mediante clases de Torá y oraciones compartidas. Para ese fin, es muy recomendable que la comunidad cuente con un rabino que participe en el diseño de los distintos minianim y que, junto con todo el público, trabaje en aras de la cohesión de la comunidad.

 

Minianim según las distintas tradiciones bajo una sola comunidad

De manera similar, a veces la necesidad de separarse surge de las diferencias de rito (nusaj). Por ejemplo, cuando el minián existente sigue un nusaj determinado y, con el crecimiento del minián, se incorporan muchos fieles que practican otro nusaj; o cuando al comienzo se acostumbraba a combinar dos tradiciones, pero al aumentar el número de asistentes, son muchos los que prefieren rezar toda la oración según el nusaj de sus antepasados. En casos como estos, se trata de un motivo justificado para establecer un minián adicional, con la condición de que no se cancele el original (Maharsham III, 168). También en estos casos es apropiado consultar al rabino local, para que, por un lado, cada persona pueda rezar conforme al nusaj de sus antepasados y, por otro, la comunidad se mantenga unida; por ejemplo, que ambas sinagogas se encuentren en el mismo complejo edilicio y que las clases de Torá y las celebraciones de ambas sean compartidas por todos (ver Pninei Halajá, Tefilá 6:6).

 

Una sinagoga en el primer piso de un edificio de viviendas

De aquí, pasemos a la segunda pregunta. Cuando se construye un piso sobre una sinagoga, los sabios medievales (rishonim) dictaminaron que no debe fijarse allí un lugar para dormir, y con mayor razón, no deben instalarse allí servicios sanitarios (Maharam de Rothenburg; Shulján Aruj, Oraj Jaím 151:12). Asimismo, los sabios prohibieron construir un edificio más alto que la sinagoga, y con mayor razón que no se debe construir sobre ella una vivienda (Ritbá al Tratado de Shabat 11(A)).

Sin embargo, cuando se trata de un edificio de apartamentos y solo tras su construcción se adquirió uno de los departamentos para convertirlo en sinagoga, desde el punto de vista halájico los departamentos situados encima de este no quedaron consagrados, y no existe restricción alguna para los residentes que viven por sobre la sinagoga (Ramá 151:12, según Maharí Weil). A pesar de ello, muchas de las autoridades halájicas de las últimas generaciones (ajaronim) temieron por un peligro de carácter metafísico (segulí) y escribieron que quien desee cuidar su vida debe evitar vivir encima de una sinagoga (Kneset HaGuedolá; Turei Zahav 151:4; Maguén Abraham 18; Mishná Berurá 42. Y en Mishpetei Uziel, parte III, Oraj Jaím 19, se prohibió). Según esta postura, está prohibido convertir un departamento de una planta inferior en sinagoga si con ello se prohíbe el uso del departamento situado encima.

 

¿Qué se hace a posteriori (bediavad)?

Sin embargo, a posteriori, si se estableció una sinagoga debajo de una vivienda, es posible continuar viviendo en ella. En efecto, el Rambám (Responsa Peer HaDor 74) fue flexible respecto de habitar una vivienda construida sobre una sinagoga, y solo escribió que encima del lugar del Arca Sagrada no se debe dormir ni colocar herramientas de trabajo. El Jidá escribió, en la práctica, que no hay que temer un peligro de carácter metafísico (segulí) al vivir sobre una sinagoga, pues todos los decisores que quisieron ser estrictos en este punto no conocieron la respuesta del Rambám; y de haberla conocido, se habrían retractado (Birkei Yosef 151:10; Jaim Shaal I, 56). Así es correcto proceder en la práctica, ya que, en nuestros días, se debe tener menos recaudo de temores concernientes a cuestiones metafísicas (ver Pninei Halajá: Emuná uMitzvoteha 26:11–12; 19:14).

 

Caso en el que resulta necesario establecer un minián en un departamento

A veces hay un anciano o una persona con discapacidad a quien le resulta difícil salir de su casa, y sus familiares y conocidos desean rezar con él en minián, especialmente cuando se trata de un gran erudito de la Torá, cuyos alumnos desean organizar uno en su hogar. En tal caso, quienes establecen el minián deben cumplir con las normas de uso vigentes en la ley y en los acuerdos de copropiedad. Es razonable suponer que, mientras el minián sea pequeño y silencioso, ello no implicará perturbación para los vecinos. Cuando existe flexibilidad en la interpretación de la ley, dado que se trata de necesidades vinculadas al cumplimiento de un precepto, es correcto interpretarla en favor de la sinagoga y no impedir el uso del departamento en virtud de un leve ruido ocasionado por el tránsito de los fieles por la escalera o por la oración.

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