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El Heter Mejirá (permiso de venta de las tierras agricolas en el año sabático) en nuestros días

  • La situación económica en el actual Estado de Israel es mucho mejor que la que imperaba en los inicios de la colonizacion pionera y no entra en la definición de situación de emergencia o gran necesidad, pero lamentablente, el hecho de que la mayoría del público judío del país no es aún religioso nos obliga a tener que recurrir a esta herramienta.
  • El agricultor independiente no puede competir con sus colegas seculares que no observan el año sabático, y por eso para este sí se trata de una situación de emergencia.
  • Que el público general, tanto de productores agrícolas como de consumidores respete la santidad de la Shemitá, es también una gran necesidad.
  • En el largo plazo, el Estado de Israel debe elaborar un plan de acción que permita a la generalidad de la sociedad observar el año sabático sin verse en dificultades económicas.

No cabe comparar el nivel de vida de un agricultor israelí en la actualidad con el de su antecesor hace ciento treinta años, época en la cual se estableció el Heter Mejirá, sino con el del resto de la población del país en nuestros días. Si hoy, un agricultor va a precisar buscarse otra ocupación en virtud de la apretada situación económica que el año sabático le ha de producir, esta sería sin lugar a dudas la señal de que nos hallamos ante una emergencia o una gran necesidad, y a priori, resulta oportuno aplicar el Heter Mejirá.

Hace dos semanas expliqué los fundamentos del permiso de venta de las tierras en un año sabático, el cual permite al agricultor producir  tanto cereales como legumbres, verduras y frutas. El fundamento principal de este permiso radica en que según la opinión mayoritaria de las autoridades halájicas no recae la obligación de cumplir los preceptos vinculados a la tierra de Israel sobre una parcela vendida a un gentil, y por ello, tampoco se aplica sobre esta la ley del año sabático. Y si bien existe una opinión más estricta que entiende que aun estando la tierra vendida a un gentil las reglas de la Shemitá siguen vigentes (Mabit y otros), dado que en la actualidad, según la opinión mayoritaria de las autoridades halájicas el año sabático se cumple por prescripción rabínica, en el caso de la presente discusión corresponde aplicar la opinión más flexible.

Además de ello,  varias de las autoridades rabínicas medievales entienden que en nuestros días no es obligatorio observar el precepto de la Shemitá y por ende no se requiere el Heter Mejirá. Esto lo fundamentan en dos motivos, a saber:

1) Hay quienes sostienen que a partir del momento que el Sannhedrín dejó de consagrar los meses la Shemitá no aplica siquiera por prescripción rabínica, y puede sí cumplirse como acción piadosa si la situación lo permite (Rabí Zerajia HaLevi y Raavad).

2) Las eminencias de la Edad Media discutieron respecto de cuál era el año sabático. Nosotros procedemos según la opinión mayoritaria que entiende que este cae en el año 5782, sin embargo, según Rashí y el Rosh el pasado año 5781 debió haber sido sabático y según el Raavad, esto fue en el 5779. Tomando todo esto en cuenta, el Heter Mejirá está más fundamentado que muchos de los permisos acostumbrados en el pueblo de Israel.

De todas maneras, están quienes argumentan que si a priori se debe cumplir con la Shemitá, y si el permiso de venta de las tierras se fundamenta en que la situación es de gran necesidad, ¿estamos acaso hoy en ese estado de cosas? Esto resulta desconcertante ya que a D’s gracias, nuestra situación actual es infinitamente mejor que la que imperaba en los días de la colonización pionera. El Estado de Israel es considerado hoy como un país rico y desarrollado. Gracias a los desarrollos tecnológicos y la mecanización pocas personas producen alimentos para muchas, pasamos de tener una economía mayoritariamente agrícola a otra moderna en la que solamente el 1.5% de la población trabaja en las labores agrarias, y además, el peso relativo de la agricultura en el conjunto de la economía descendió notoriamente y representa hoy solamente un 2% del producto nacional. ¿Acaso a la luz de todos estos hechos cabe continuar recurriendo al uso del Heter Mejirá?

Respuesta: En efecto, desde el punto de vista económico hemos avanzado mucho, sin embargo, el hecho de que lamentablemente la mayoría de la población judía del país no es observante, influye en gran manera sobre nuestra situación. Analicemos la cuestión en tres aspectos:

1) El agricultor individual.

2) La responsabilidad por el conjunto del sistema público de supervisión de kashrut en los alimentos.

3) El país en general.

Para el agricultor individual es claro que se trata de una situación de gran necesidad

Esto es así ya que de querer observar el año sabático, el agricultor observante deberá competir con aquellos colegas que no lo cuidan. Y como en la actualidad los costos fijos por instalación e infraestructura son muy elevados, en caso de tener que amortizarlos en seis años en vez de en siete, el agricultor observante se verá en la necesidad de subir sus precios, y además de ello, precisará mantener a su familia  y ahorrar para su jubilación del trabajo de seis años cuando sus competidores lo hacen del producto de siete. En caso de que el agricultor observante quiera llevar el nivel de vida comunmente aceptado, deberá subir sus precios durante los seis años de labor, lo cual lo habrá de poner en desventaja frente a sus competidores. En caso de vender al precio de estos, es posible que su trabajo ya no le resulte rentable. La indicación más clara es preguntar directamente a los productores qué harían si tuviesen que cesar sus labores en el séptimo año. En la actualidad, la mayoría de estos creen que se verían forzados a cambiar de ocupación. De ser así, es claro que desde su perspectiva personal se encuentran en un estado de gran necesidad, por lo que les está permitido acogerse al Heter Mejirá.  No corresponde decirles de que a pesar de las dificultades tienen el raro privilegio de ser agricultores, cultivar los sagrados frutos de la tierra de Israel y cumplir con el precepto de poblar nuestro país (yshuv haaretz) que equivale en significación al conjunto de todos los demás preceptos.

De todas maneras, en el caso de aquel productor que pueda cesar en su labor agrícola en el séptimo año, debemos alentarlo a que lo haga, denominarlo ‘santo’ (kadosh) e incluso procurar para este algún  tipo de ayuda estatal que le permita sortear el año de la mejor manera.

 La responsabilidad por el conjunto del sistema de supervisión de la kashrut de los alimentos

Dado que la mayoría de los agricultores son laicos o tradicionalistas, no es factible que acaten la exigencia de cesar toda labor en el año sabático. No obstante, dado que mayoritariamente respetan la tradición, en caso de pedírseles que vendan la tierra por un año a un gentil para que las leyes de la Shemitá no recaigan sobre esta, aceptarán hacerlo de buena gana. Dicho esto, resulta claro que nos encontramos ante una situación de gran necesidad (sheat hadjak) y es correcto que los rabinosos induzcan a los productores a vender su tierra y salvarlos así de incurrir en una transgresión.

Ademàs de ello, si los productores no venden sus campos los frutos producidos poseerán santidad del séptimo año, serán distribuidos por todo el país y tanto el público secular como el tradicionalista, por desconocimiento de la halajá, incurrirán en las transgresiones de la comercialización de frutos poseedores de la santidad de la Shemitá así como también del  tratamiento negligente o irrespetuoso de los mismos. Y a veces, también parte del público observante será víctima de la equivocación. Reitero, nos encontramos ante una situación especial de gran necesidad, puesto que en nuestra realidad actual la gente que observa los preceptos puntillosamente es una notoria minoría y por lo tanto resulta imposible evitar la comercialización y la distribución de frutos poseedores de la santidad del séptimo año, y por ende, es correcto que los rabinos vendan las parcelas por un año evitando asi que recaigan sobre estas las leyes de la Shemitá, ahorrándole al público en general un traspié.

Esto y más, si durante el séptimo año habrán de distribuirse frutos no supervisados, es muy probable que ello lleve al desvirtuamiento del sistema nacional de supervisión de la kashrut durante todos los siete ańos.

El  impacto en el presupuesto nacional

Si bien la agricultura representa no más que un 2% del PBI, por tratarse de cuentas nacionales, estamos hablando de cifras siderales. Para hacernos una idea, si el Estado quisiese subsidiar al sector agrícola en el séptimo año debería realizar egresos por NIS diez mil millones (mas de USD tres mil millones), una parte por compensación directa de los productores y otra como resultado de la pérdida en la recaudación de impuestos. Un recorte de esta magnitud en el presupuesto nacional ingresa en la categoría de situación de gran necesidad.

Si bien en años difíciles el Estado de Israel se ve en el penoso deber de efectuar recortes presupuestarios de esa envergadura y más aún, estos resultan dolorosos pues abarcan a la totalidad de las reparticiones estatales, habiendo áreas en las cuales las quitas generan situaciones cercanas al riesgo de vida ( pikuaj nefesh). Este es el caso del congelamiento de las inversiones en la construcción de hospitales, en el equipamiento de nuevos quirófanos, la postergación de obras viales, la suspensión de la compra de armamento de ùltima generación o la no apertura de nuevas dependencias policiales en áreas de alta incidencia de la criminalidad. Además, se torna necesario recortar pensiones a los más necesitados, pasividades a las personas mayores, y en el mejor de los escenarios, pospone aumentos previamente proyectados. Un recorte de esta magnitud habría también de afectar al presupuesto de la educación e implicaría quitas de cientos de millones de shekalim para las partidas destinadas a las yeshivot

El peso del ajuste, recaería principalmente sobre los sectores religioso y jaredí de la sociedad, esto es, se concentraría especialmente en los presupuestos de la educación tradicional, ya que cuando los representantes de los partidos religiosos exijan que el Estado subsidie el séptimo año, los de los partidos seculares insistirán en que el dinero provenga de recortes en las areas  allegadas  al público religioso y jaredí. Ante una situación así, es razonable pensar que las autoridades halájicas optarán por no recurrir a recortes que afectarán duramente distintas áreas  de actividad que también son preceptivas, en aras de cumplir con mayor excelencia un precepto cuya vigencia, en la actualidad, es por prescripción rabínica y hay quienes la entienden como mera práctica piadosa, que es posible suspenderla por medio del Heter Mejirá.

El modo apropiado de cumplir con el año sabático

Si bien en el largo plazo, la buena situación económica del Estado de Israel nos permite pensar en un cumplimiento efectivo y completo del año sabático, esto será posible a condición de que se realice de un modo consensuado y en cooperación con los diferentes segmentos de la sociedad. Esto es así en virtud de que muchos de los incisos presupuestarios no afectan a cuestiones vinculadas a la salvaguardia de la vida humana sino a llevar un estilo de vida apropiado según la voluntad mayoritaria de la población.  Estos beneficios, ingresaron paulatinamente al presupuesto estatal en tiempos de bonanza y luego se realizan esfuerzos por mantenerlos en tiempos difíciles. Así como en épocas de escasez raramente escucharemos que se redujeron los salarios de los funcionarios y los maestros del sector público que ya fueron nombrados, de igual manera el subsidio del séptimo año será un beneficio que recibirán los agricultores tanto en los años presupuestalmente expansivos como en los contractivos.

Medidas parciales de este tipo ya fueron tomadas en años sabáticos anteriores, y debemos aspirar a fortalecerlas, para que de ese modo el agricultor israelí pueda disfrutar de la bendición de la Shemitá sin poner en jaque su bienestar económico.

Los que boicotean los frutos del séptimo año

Hay quienes sostienen que está prohibido consumir frutos que fueron producidos bajo el régimen de Heter Mejirá, pero sus opiniones no se condicen con las reglas de la halajá y se apoyan en la dura transgresión que es denigrar a estudiosos de la Torá en su forma más grave. Esto así porque aunque frutos de la tierra crezcan y sean almacenados en franca infracción de las normas, según la opinión mayoritaria de las autoridades halájicas estará permitido ingerirlos. Y si bien hay quienes no están de acuerdo y los prohíben, dado que la opinión de la mayoría es proclive a adoptar una actitud flexible, y dado además que en nuestros días la Shemitá se observa por prescripción rabínica, la halajá final es en conformidad con la opinión flexible (Pninei Halajá Sheviit 3:8).

Resulta entonces que quienes adoptan una actitud estricta dictan halajá en franca oposición a las reglas. Más aún, según los grandes rabinos de Israel, los agricultores no incurren en transgresión alguna al trabajar, por lo que no cabe catalogar a los frutos como prohibidos. A esto cabe agregarle que al conducirse según opiniones minoritarias en normas de prescripción rabínica, estos rabinos que siguen la línea estricta incumplen dos preceptos de la Torá: 1) El precepto de poblar la tierra de Israel (yshuv haaretz), ya que por medio del Heter Mejirá reforzamos la presencia judía en el país, que se trata de un mandato equivalente en peso al conjunto de todos los demás preceptos. 2) Es precepto de la Torá preferir comprar a nuestros hermanos, tal como fue dicho: «Y será que cuando vendiereis a vuestros semejantes, o comprareis a vuestros semejantes» (Vaikrá-Levítico 25:14), de lo cual nuestros sabios aprendieron que ante la opción, es preceptivo comprar de un judío.

¿Cuáles son los frutos más apropiados para ingerir?

Resumen: Los frutos producidos bajo el régimen de Heter Mejirá son los mejores para su consumo durante el año sabático, ya que este permiso está sólidamente fundamentado, y por medio de su consumo contribuimos con el precepto de poblar el país y apoyamos a los agricultores. (Respecto del régimen de Otzar Beit Din, ver en Pninei Halajá Sheviit cap. 8 sobre los diferentes problemas halájicos de labores y mercaderías prohibidas que se suscitan según la opinión de muchas de las autoridades, por lo que los frutos del Heter Mejirá son preferibles. A pesar de esto, escribí (ídem 9:3) que los productos del Otzar Beit Din están permitidos, por cuanto que este régimen procura cumplir la Torá y corresponde reforzarlo, a condición de que los frutos producidos no superen en precio a la producción común, pues en un caso así podríamos incurrir en la transgresión de la prohibición de comercializar frutos del séptimo año).

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