Suscríbete y recibe nuestro Newsletter

No te lo pierdas, artículo Halájico del Rab Eliezer Melamed viendo la actualidad en ojos de la Tora.

¡No enviamos spam! Lee nuestra política de privacidad para más información.

Últimos artículos

Suscríbete y recibe nuestro Newsletter

No te lo pierdas, artículo Halájico del Rab Eliezer Melamed viendo la actualidad en ojos de la Tora.

¡No enviamos spam! Lee nuestra política de privacidad para más información.

La cobertura de la cabeza y el temor reverencial al Cielo

TERUMÁ 2024

La cobertura de la cabeza y el temor reverencial al Cielo

 

¿Por qué las mujeres solteras no precisan cubrir sus cabezas y cuál es la norma respecto de la cobertura de la cabeza en mujeres durante el rezo?

El debate en torno a las pelucas importadas de la India y la dudas respecto de si infringen o no la prohibición de obtener beneficio o disfrute de la idolatría.

¿Qué habrá de hacer una persona que llega a la sinagoga y descubre que hay otro individuo sentado en su lugar fijo?

El rezo junto a un bebé que hizo sus necesidades.

 

Sin embargo, en el caso de las mujeres, la cobertura de la cabeza tiene que ver con el recato y no está destinado a despertar el temor reverencial al Cielo. Por ello, las señoras casadas cubren sus cabezas, al tiempo que las solteras, que no precisan ser tan estrictas como éstas, no necesitan hacerlo.

Cabe interpretar que la observancia por parte de las mujeres de las reglas del recato en su vestimenta expresa un mayor temor reverencial, y por ello no es preciso que usen kipá (solideo).

¿Qué hacer cuando un visitante a la sinagoga se sienta en el asiento fijo de un miembro habitual de la congregación?

Pregunta: Mi asiento fijo en la sinagoga se encuentra junto a la puerta de entrada, y así, a menudo ocurre que visitantes se sientan en mi lugar. ¿Es correcto pedirles que se paren o quizás, para no avergonzarlos, en esas ocasiones debo renunciar a mi asiento fijo?

Respuesta: Es preceptivo que la persona tenga un sitio fijo para rezar (Shulján Aruj Oraj Jaím 90:19), porque quien así procede expresa con ello un vínculo permanente con HaShem, y dado que su conexión con la Fuente de la existencia es estable, su vida se ve potenciada, y tal como dijeran nuestros sabios: “Todo aquel que fija un sitio para rezar, el D’s de Abraham acude en su ayuda”, y “sus enemigos caen delante suyo” (Tratado de Berajot 6(B), 7(B)).

Sin embargo, evitar afligir al prójimo es un deber aún mayor, y es parte del conglomerado de mandamientos vinculados al precepto de “Amarás a tu prójimo como a ti mismo”, respecto del cual Rabí Akiva dijera que se trata del principio general de toda la Torá. Por lo tanto, en caso de no haber otro sitio digno al cual dirigir al invitado, es preciso abstenerse de pedirle que se pare. Cuando el rezo está ya en la mitad, por ejemplo, poco antes de “Barejú”, considero que aunque su nombre esté escrito sobre la silla y sea posible dirigir al invitado a otro lugar igualmente digno, no corresponde pedirle que se pase.

Por supuesto que hay situaciones diferentes, por ejemplo, si una de las personas en cuestión es anciana y la otra muy joven, de todas maneras, es preciso proceder con el mayor de los cuidados y con gran sensibilidad ante cualquier situación que se presente.

A los efectos de evitar este problema de raíz, es preferible llegar más temprano a la sinagoga, y de ser posible, procurar ser uno de los diez primeros. De ese modo, los invitados no se habrán de sentar en su asiento.

Además, corresponde que toda la comunidad designe a un encargado que sea  poseedor de un semblante afable para que sea quien reciba a los invitados y les evite  incomodidades asignándoles asientos adecuados.

Rezar junto a un bebé sucio

Pregunta: Recé junto a un bebé que resulta que había hecho sus necesidades en el pañal. ¿Debo volver a rezar después de haberlo limpiado?

Respuesta: Si el bebé está grande y ya puede ingerir un kezait (29 gramos) de cereal en el tiempo que demora comer un pan (zman ajilat pras – siete minutos), aproximadamente, esto es, a la edad de un año, y su pañal expide mal olor, está prohibido por la Torá rezar junto a él, y si se rezó, la plegaria resultará inválida y se deberá volver a orar. Si el bebé no hedió, el rezó resultó efectivamente válido.

En lo que refiere a las bendiciones que fueron dichas junto a un bebé que hede, las autoridades halájicas debatieron respecto de si estas resultarán o no inválidas, tal como ocurre con los rezos de la Amidá y el recitado del Shemá, y en virtud de que existe la duda, no se deberá volver a recitarlas (Pninei Halajá Tefilá 3:9-10).

¿Acaso es realmente preferible morir antes que avergonzar públicamente a un compañero?

Pregunta: Dijeron nuestros sabios: “Es mejor (o más fácil – noaj) para una persona arrojarse a un horno ardiente que avergonzar públicamente a su compañero” (Tratado de Sotá 10(B)). ¿Acaso en efecto las palabras de nuestros sabios fueron literales y es realmente mejor morir que avergonzar públicamente a un compañero?

Respuesta: Las palabras de estos sabios fueron dichas con un estilo exagerado, a los efectos de advertirnos sobre la terrible gravedad que encierra la prohibición de avergonzar al prójimo en público, pero inmolarse para evitar incurrir en ella no es un deber halájico (Meiri al Tratado de Berajot 43(B), Sefer Hajinuj 240, Yiun Ya’akov, y así lo escribió el Rabino Moshé Kalfón HaCohen, Brit Avot sobre el Tratado de Avot 3:15 y así se desprende de lo que escribiera el Rambám en Hiljot Deót 6:8, Hiljot Teshuvá 3:14).

Sin embargo, según lo expresado por algunas autoridades halájicas, del texto se desprende que en efecto es preciso inmolarse -en el sentido literal de la palabra- con tal de no avergonzar públicamente a un compañero (Tosafot al Tratado de Sotá 10(B) en el pasaje que comienza con el vocablo ‘נוח’, Sha’arei Teshuvá 3:137, Binián Tzión 172). Sin embargo, consideramos que simplemente se referían a un caso de humillación gravísima, uno que es capaz de cambiar el estatus de la persona o que quizás lo impulsen a suicidarse, o le provoque que contraiga una enfermedad y así muera a causa de su congoja.

¿Por qué las mujeres no están preceptuadas de usar kipá?

Pregunta: ¿Por qué las mujeres no acostumbran a cubrir su cabeza al igual que los hombres?

Respuesta: El uso de la kipá entre los hombres está destinado a generar temor reverencial al Cielo. Se cuenta en el Talmud (Tratado de Shabat 156(B)) que luego de que la madre de Rav Najman se enterara que de acuerdo con los astros su hijo podría convertirse en un ladrón, cuidó de sobremanera que éste siempre cubriera su cabeza, y así, el niño creció en el estudio de la Torá y en el cumplimiento de los preceptos. Una vez, cuando se le cayó la cobertura de la cabeza, le atacó su inclinación al mal y deseó intensamente robar unos dátiles de la copa de una palmera. Entonces, Rav Najman entendió por qué su madre cuidó tanto que usara una gorra. Con el correr del tiempo, se incorporó en el pueblo de Israel la costumbre piadosa de cubrirse la cabeza durante todo el día hasta convertirse en obligatoria (Shulján Aruj Oraj Jaím 2:6). Parece que la costumbre de cubrir la cabeza sustituyó en cierta forma al tefilín (filacterias). Por la base de la norma era correcto llevar los tefilín puestos durante todo el día, y desde que se comenzó a prestar más atención a su uso digno, en cuanto a no usarlos a menos que se esté completamente concentrados y limpios, se comenzó a utilizarlos únicamente durante el rezo, y en su lugar se comenzó a usar la kipá a lo largo de todo el día.

Sin embargo, para las mujeres la cobertura de la cabeza viene asociada al recato. Por ello, las mujeres casadas cubren su cabello al tiempo que las solteras, que no precisan tener los mismos recaudos, no necesitan hacerlo.

Cabe interpretar que la observancia de las mujeres de las reglas del recato en su vestimenta expresa un mayor temor reverencial, y por ello, no es preciso que usen kipá (solideo).

¿Precisan las mujeres casadas usar kipá durante el rezo o al recitar bendiciones?

Las mujeres casadas deben cubrir sus cabezas durante el rezo porque de no hacerlo estarán vestidas contrariamente a lo que indica la Halajá. Incluso quien no acostumbre a cubrir su cabeza, que por lo menos tenga el recaudo de hacerlo mientras reza, aunque lo haga sola en su casa, ya que no corresponde orar vistiendo un atuendo que no se condice con lo que ordena la Halajá.

Al recitar bendiciones o versículos que incluyen el Nombre de D’s, hay quienes sostienen que aunque la mujer esté sola, si es casada, debe tener el recaudo de cubrirse la cabeza (Yabía Omer 6:15), al tiempo que otras autoridades entienden que dado que las solteras no están en su deber de hacerlo, tampoco lo casadas lo están, pues para las últimas el deber de cubrir la cabeza está asociado únicamente a la cuestión del recato, y como al recitar bendiciones no es obligatorio vestirse de manera honorable, por ende ingresan al estatus de las solteras por lo que se les permite bendecir y recitar el Shemá antes de ir a dormir sin cubrirse la cabeza. Esta es la práctica extendida y así es la halajá (Pninei Halajá Tefilat Nashim 10:6).

Pelucas hechas con cabello procedente de la India

Hace unos veinte años, en el 5764 (2004), se desató un debate en torno a las pelucas elaboradas con cabello procedente de la India. Resulta que parte del cabello provenía de la ciudad de Tiropty la cual está ubicada en el sur de ese país, y en esta localidad se encuentra un sitio de culto religioso visitado por decenas de millones de personas cada año, muchas de las cuales afeitan sus cabezas antes de presentarse ante la deidad que adoran. El cabello afeitado es vendido posteriormente a la industria de las pelucas. Las autoridades halájicas que prohibieron las pelucas en cuestión sostuvieron que el afeitado de las cabezas era un acto ritual, y por ende, se asemejaba a una suerte de faena, por lo que quedaba prohibido obtener beneficio del cabello cortado. Por otra parte, las eminencias que autorizaron las pelucas en cuestión averiguaron con personas vinculadas a la religión en cuestión y resultó que el afeitado de las cabezas no era un acto ritual sino simplemente una preparación para presentarse ante su deidad con una actitud humilde, y por ende, se podía obtener beneficio del cabello cortado.

La instrucción práctica es autorizarlas

Aunque aceptemos el argumento de los que detentan una actitud más estricta en cuanto a que cabe temer que el afeitado de las cabezas se considere un ritual religioso, deben ser autorizadas las pelucas elaboradas a partir de cabello traído de la India ya que se trata de un caso de duda doble o sfek sfeika, y la Halajá indica que incluso en la prohibición de obtener beneficio de la idolatría, en caso de duda doble se procede conforme a la opinión flexible, ya que la Mishná aclara que “quien encuentre trozos de ídolos podrá utilizarlos” (Tratado de Avodá Zará 41(A)). Rashi, Rambám y otros explicaron, de acuerdo con la Guemará sobre ese mismo pasaje (41(B)). El caso traído por la Mishná es uno de duda doble, porque se duda si esos pedazos provenían o no de imágenes idólatras, y en caso de que sí, puede ser que fuesen gentiles quienes la destruyeron. Y así se sentenció la halajá final (Siftei Cohen 141:7).

Por lo tanto, aunque se tenga la certeza de que el cabello proviene de Tiropty, se podrá hacer uso de la peluca, por lo que se la podrá adquirir y usar. Cuánto más aun en el caso en que no se tenga la certeza de que el cabello de la peluca provenga de esa localidad, pues entonces se estará ante una situación de triple duda.

Las tres dudas brevemente resumidas

La primera: Se duda si el afeitado de la cabeza es una acción ritual que pudiera prohibir la obtención de beneficio o disfrute del cabello o si solamente se trata de un acto de preparación previo a presentarse ante la deidad pagana. Tras revisar la cuestión, nos parece que quienes detentan la actitud flexible están en lo cierto ya que los propios sacerdotes de esa fe dijeron que el afeitado de la cabeza no es una acción ritual y que para ellos el cabello es considerado impuro e impropio de ser ofrendado en sacrificio. No obstante, quienes detentan la actitud estricta sostienen que para los hindúes sencillos el afeitado de la cabeza sí se considera como acción ritual y para ellos es efectivamente una manera de adorar a la deidad en cuestión, por lo que el uso del cabello debe prohibirse.

La segunda: Aunque aceptemos la opinión de quienes detentan la actitud estricta y consideremos al afeitado de la cabeza cono una acción ritual, las autoridades halájicas medievales (rishonim) debatieron respecto de si un ritual que se asemeja solo levemente al que tenía lugar en nuestro Santuario, por ejemplo, un corte de cabello que se asemeje un poco a la faena de un sacrificio hace que esté prohibido obtener beneficio o disfrutar de la ofrenda. Según Rambán, Rashbá y Ritbá la similitud no la prohíbe, y según las Tosafot, el Tur y el Shulján Aruj (139) sí.

La tercera duda, tiene que ver con las leyes referidas a las mezclas, esto es, que, aunque se diga que el afeitado de la cabeza es un acto ritual y aunque digamos que esta ceremonia torna al cabello en prohibido, según las autoridades halájicas que detentan la actitud flexible, el cabello de la ciudad de Tiropty se anula en cantidad en el resto del pelo que se trae de la India para la industria de las pelucas, y el cabello que sale de la India se anula en el que proviene del resto del mundo. Sin embargo, de acuerdo con la opinión de los que detentan la actitud estricta, el cabello en cuestión no se anula (dado que los fundamentos presentados por ambas corrientes de opinión resultan muy complejos no habremos de exponerlos aquí).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

כתבות נוספות באתר:

METZORÁ 2024

Cuatro copas de alegría y redención Los sabios instituyeron que se beban cuatro copas a lo largo del orden de la Hagadá

TAZRÍA 2024

LEYES REFERENTES A LA «MATZÁ ENRIQUECIDA» (MATZÁ ASHIRÁ) Y LOS MEDICAMENTOS PARA PESAJ El consumo de «matzá enriquecida», esto es, si se

Shevet Leví: servidores públicos

Shevet Leví: servidores públicos   En oposición al argumento según el cual los miembros de la tribu de Leví estudiaban Torá y

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *