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Leyes referentes al Día del Perdón

YOM KIPUR 2023

Leyes referentes al Día del Perdón

 

Quien sufra de dolores intensos de cabeza por la ausencia de café, podrá tomar píldoras con cafeína o pastillas contra el dolor de cabeza durante el ayuno.

Una persona enferma que está en situación de peligro debe consultar a un médico temeroso del cielo en quien se pueda confiar -alguien que ni sea aprensivo en exceso ni le reste importancia al deber religioso del ayuno- para que le diga si podrá o no ayunar.

Una mujer embarazada debe ayunar, dado que hacerlo no incrementa el riesgo de abortar, y en caso de que en medio del ayuno sienta que entra en situación de dudoso peligro para ella o para el feto – que beba y coma cuanto necesite sin limitación.

 

También en el caso de diabéticos a los cuales no se les ha encontrado una solución estable, deben ser sumamente cuidadosos en esto, y en caso de que pudiera pensarse que por comer en cantidades periódicas y pequeñas (shiurín) pudieran llegar a adoptar una actitud negligente y a no ingerir lo necesario – se les indica que coman de manera continua. Es preferible que recen con minián en la sinagoga y cada par de horas coman más que la cantidad mínima (shiur), y no que cumplan con el ayuno con excelencia ingiriendo muchas cantidades pequeñas y a raíz de ello que no asistan a los rezos. Niños que no ayunan que coman y beban normalmente.

La prohibición de comer y beber

Todo aquel que coma o beba en Yom Kipur, aunque tan solo sea algo, transgrede una prohibición de la Torá, y en caso de hubiere ingerido adrede un volumen de alimentos equivalente a un dátil (kotevet hagasá) o bebido una cantidad equivalente al volumen que entra en la cavidad bucal cuando una mejilla está hinchada (meló logmav) – será pasible del castigo de “caret”, y en caso de que la ingesta hubiere sido involuntaria, deberá traer el sacrificio expiatorio correspondiente por haber transgredido una prohibición (korbán jatat – en días del Templo). Dado que esto es así, una persona enferma que sufre intensamente – siempre y cuando no se piense que el ayuno pudiera ponerla en situación de peligro, tendrá prohibido comer o beber, aunque en virtud de ello deba permanecer acostada en su cama durante todo el día. En ese caso, deberá hacer lo posible por rezar en la medida de lo posible y que al menos tenga el recaudo de recitar una confesión (vidui).

La toma de medicamentos

Quien precisare tomar pastillas durante varios días ininterrumpidamente, quien padeciere un sufrimiento significativo no provocado por el ayuno o quien sufriere significativamente a raíz del ayuno – podrá tragar pastillas que lo curen o alivien su sufrir, a condición de que estas carezcan de un buen sabor y sean tragadas sin la ayuda de agua. Quien no pudiere tragar la pastilla entera, que la mastique y luego la trague, o que mezcle agua con un poco de jabón de modo tal que este estropee completamente su sabor y por su intermedio que tome la píldora en cuestión.

Quien sufriere de dolores intensos de cabeza por la ausencia de café podrá tomar píldoras con cafeína o pastillas contra el dolor de cabeza durante el ayuno.

Asimismo, quienes sufren de migraña, podrán tomar de antemano pastillas para evitar la irrupción de fuertes dolores de cabeza. Antes del inicio del ayuno se permite tomar pastillas que alivien sus efectos.

Un enfermo de riesgo

Una persona enferma a la cual el ayuno pudiera provocarle la muerte o debilitarla en su lucha con una enfermedad peligrosa – deberá comer y beber durante Yom Kipur cuanto necesite. Y aunque resulte claro que al paciente no le quedan muchos días de vida, siempre y cuando el ayuno pudiera acelerar su fallecimiento – deberá comer y beber cuanto necesite. Quien dudare respecto de si su situación es o no riesgosa, adoptare una actitud estricta y se abstuviere de comer o de beber – habrá incurrido en un pecado.

Una persona enferma que está en situación de peligro debe consultar a un médico temeroso del cielo en quien se pueda confiar -alguien que ni sea aprensivo en exceso ni le reste importancia al deber religioso del ayuno- para que le diga si puede o no ayunar. En caso de que la persona en cuestión hubiese pecado al consultar con un médico no temeroso del cielo previo a Yom Kipur, si no hay más remedio, que coma y beba de acuerdo con las indicaciones del galeno consultado.

Una persona enferma que siente que se encuentra en una situación de riesgo dudoso y debe comer y beber durante el ayuno, aunque los médicos consideren que no se encuentra en peligro, deberá comer y beber. Lo mismo aplica para una persona sana que se hubiere debilitado de sobremanera en Yom Kipur y sintiere que está a punto de perder el conocimiento. No obstante, dado que a veces la necesidad es meramente psicológica, en un principio que pruebe solo una pequeña cantidad, y únicamente si no se recupera, que continue comiendo y bebiendo en pequeñas cantidades periódicas (shiurín) tal como se explicará a continuación. Y si ni siquiera así se tranquiliza, que coma y beba hasta sentirse que se encuentra fuera de todo peligro.

¿Cuándo se aplica el régimen de shiurín?

Si bien según la Torá está prohibido comer y beber, aunque tan solo sea una ínfima cantidad, cuando una persona enferma que está en peligro no precisare comer o beber con urgencia una cantidad importante, algunos de los grandes sabios medievales escribieron que es preferible que coma o beba a intervalos una cantidad inferior a la que la hace pasible de caret para de esa manera reducir la magnitud de la prohibición. O sea, cada vez que coma, que ingiera un volumen inferior al de un dátil grande (cuyo tamaño es algo superior al de medio huevo) y cada vez que beba que ingiera una cantidad inferior a la del líquido que puede ser contenido por la cavidad bucal cuando una de las mejillas está colmada (a priori, es preciso revisar esto previo al inicio del ayuno).

A priori, que coma y beba estas pequeñas cantidades cada nueve minutos, y en caso de que precise comer o beber más, que reduzca los intervalos a siete minutos. En el caso de la ingesta de líquidos, si precisare beber más, será suficiente hacer interrupciones de un minuto.

En caso de que se tema que comer o beber a intervalos pudiera causar algún tipo de descuido en el refuerzo o la recuperación del enfermo de riesgo, este deberá comer y beber normalmente. Por ello, cuando una mujer parturienta está agotada es mejor que beba normalmente, y de ese modo podrá dormir de continuo y no precisará mantenerse despierta a los efectos de poder ingerir los líquidos que necesita en un régimen de intervalos (shiurín).

También en el caso de diabéticos a los cuales no se les haya encontrado una solución estable, deben ser sumamente cuidadosos en esto, y en caso de que pudiera pensarse que por comer en cantidades periódicas pequeñas (shiurín) pudieran llegar a adoptar una actitud negligente y a no ingerir la cantidad necesaria – que coman de manera continua. Es preferible que recen con minián en la sinagoga y cada par de horas coman más que la cantidad mínima (shiur) y no que cumplan con el precepto de ayunar ingiriendo muchas cantidades pequeñas y no asistan a los rezos. Niños que no ayunan, que coman y beban normalmente.

Mujer embarazada

Una mujer embarazada debe ayunar dado que hacerlo no incrementa el riesgo de abortar y solamente en casos muy especiales el ayuno podría acelerar el parto en el noveno mes, por lo que no se trata de un caso de peligro de vida. Por lo tanto, la mujer en cuestión tendrá prohibido comer y beber y no podrá acogerse al régimen de ingestión con intervalos (shiurín).

En caso de que en medio del ayuno una mujer embarazada sintiese que ingresa a una situación en la que quizás pudiese estar en peligro tanto ella como el feto – que coma y beba sin limitación. En casos especiales de embarazo riesgoso, por ejemplo, si la mujer en cuestión en el pasado ya abortó a raíz de ayunar, o si se trata de las primeras semanas de un embarazo asistido por fertilización in vitro, podrá beber de acuerdo con las instrucciones de un médico temeroso del cielo, y en ese caso, es preferible que lo haga con intervalos (shiurín).

Mujer que amamanta

Una mujer que amamanta debe ayunar en Yom Kipur, aunque haya posibilidad de que en virtud del ayuno se interrumpa su suministro de leche, ya que ello no implica riesgo de vida. No obstante, cuando el bebé es muy débil y el médico entiende que tiene una necesidad particular de consumir leche materna y se teme que en virtud del ayuno la madre pudiera quedarse temporariamente sin leche o su cantidad pudiera disminuir significativamente, podrá beber con intervalos bajo la instrucción de un médico temeroso del cielo.

Parturienta

A partir del momento en que una mujer embarazada comienza a tener contracciones o a partir del momento en que es necesario llevarla al sanatorio se la considera una persona enferma de riesgo que debe beber y comer cuanto necesite. Este será su estatus hasta pasadas setenta y dos horas (unos tres días) del momento del parto, y en caso de que estas finalicen en medio de Yom Kipur, la mujer podrá comer y beber normalmente hasta que estas concluyan. En las noventa y seis horas siguientes (hasta la finalización del séptimo día posterior al parto), en caso de que al médico le resulte claro que la situación de la parturienta no es de riesgo – que ayune. Mientras ello no resulte claro, que no lo haga, y si no le resulta difícil o pesado, es preferible que beba con intervalos.

Aseo

Todo tipo de lavado o baño de placer está prohibido en Yom Kipur, aunque solo sea sobre una parte del cuerpo, y ello incluye la prohibición de ponerse perfume para mejorar el aroma corporal. Sin embargo, un lavado o baño que no estuviere motivado por el placer estará permitido, por ejemplo, se podrá aplicar un aerosol repelente de mosquitos sobre la piel, así como también lavar manualmente los alimentos o los utensilios para dar de comer a los niños. Asimismo, quien se hubiere ensuciado o sudado en gran medida tendrá permitido lavar el lugar afectado, y en caso de que la suciedad o el sudor no pudiesen ser retirados con agua, se podrá utilizar para ello jabón líquido.

Quien es especialmente sensible y no logra concentrarse si no se lava la cara por la mañana, podrá hacerlo, y en caso de que pueda adoptar en esta cuestión una actitud más estricta – será bendecido. Todas las personas tienen permitido pasar una toalla húmeda sobre su rostro siempre y cuando esta no moje su mano al grado de que cuando esta a su vez toque algo lo moje también.

Aunque una persona sufra mucho, tendrá igualmente prohibido enjuagar la cavidad de su boca para quitarse el mal aliento por la mañana, no sea que termine tragando una gota de agua. No obstante, se le permite cepillar los dientes con un cepillo seco, y en caso de que aun sufra mucho, podrá cepillarlos con agua que contenga jabón. Al levantarse del sueño nocturno o al salir del baño se lavan únicamente los dedos y los nudillos y no la totalidad de la palma de la mano. Lo mismo habrá de hacer quien previo al rezo hubiere tocado una parte cubierta del cuerpo que tuviere gotas de sudor. Quien tocare una parte cubierta de su cuerpo o sus zapatos antes de estudiar Torá, que proceda como acostumbra durante todo el año – hay quienes se lavan las dos manos y hay quienes lavan únicamente la mano que tocó el sitio en cuestión, y hay quienes se conforman con frotar la mano sobre una vestimenta. Los cohanim lavan toda la palma de sus manos previo a la bendición sacerdotal.

La aplicación de cremas o ungüentos

Está prohibido aplicar cremas, aceites o ungüentos por placer sobre cualquier parte del cuerpo por pequeña que sea, de igual manera, se prohíbe el uso de polvos y cremas faciales para el embellecimiento de la piel o su perfumado. Asimismo, en Shabat están prohibidos todos los tipos de maquillaje por cuanto que implican la transgresión de la prohibición de colorear o untar y esparcir una crema sobre la piel para suavizarla, y por ende están también prohibidos en Yom Kipur. Sin embargo, se permite aplicar aceite líquido sobre las fisuras de los labios, o una crema líquida contra la comezón o para repeler a los mosquitos. En caso de que se trate de aceite o de pomadas para uso terapéutico, estará permitido aplicarlos sobre quien realmente sufra, tal como se procede en Shabat por cuestiones médicas.

Calzado

En Yom Kipur está prohibido caminar con zapatos o sandalias con las que se suele caminar todo el año, aunque no estén elaborados con cuero, siendo preciso usar un calzado sencillo hecho de tela o de goma. No obstante, no se debe reclamar ante quienes adoptan una actitud más flexible y se limitan a usar un calzado que no es de cuero. Quien deba caminar por un sitio en el cual pudiera haber serpientes, escorpiones, lodo o estiércol, o en el caso de un soldado en servicio operativo activo – podrán calzar cazado de cuero. Se permite el uso de plantares para evitar el dolor.

Niños

A partir del momento en que los niños comprenden el precepto de Yom Kipur (alrededor de la edad de seis) se les enseña a no lavarse por placer, a no aplicarse cremas o ungüentos y a no calzar zapatos de cuero. Pero antes de esta edad, se les permite hacer todo esto para sí, y los adultos tienen prohibido hacerlo para ellos por placer. Si no es por placer, en caso de necesidad, se permitirá lavarlos, aplicarles cremas, y en caso de que el niño pudiera lastimarse por andar descalzo, se permitirá ponerle zapatos.

Muchos acostumbran a incentivar a los niños que alcanzaron la edad en la que se les comienza a instruir en la observancia de los preceptos a no comer ni beber por la noche, y en caso de que desearen ayunar un poco durante el día – no es preciso prohibírselos. No obstante, si durante la noche pidieren comer o beber – será preciso darles.

A partir de la edad de nueve se educa a los niños sanos a que ayunen por la noche y durante el día un poco más de lo que acostumbran hasta desayunar. En caso de que los niños sean débiles, se los educa en esta cuestión a partir de la edad de diez.

A partir de los once años, se educa a los niños sanos a ayunar el día entero, y si son débiles, se puede adoptar una actitud más flexible e indicarles que ayunen hasta el mediodía. A partir de los doce años las niñas están preceptuadas por la Torá a ayunar y los niños están preceptuados a hacerlo por prescripción rabínica. Solamente en caso de que un niño estuviera enfermo podrá comer y beber, mas procurará ayunar hasta el mediodía. A partir de los trece años, también los varones deberán ayunar por prescripción de la Torá.

 

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